LAS COSAS Y SUS NOMBRES NOMINA RERUM Mariano Arnal |
Entre los distintos
conceptos de comunidad es especialmente interesante el de comunidad doméstica, una institución consuetudinaria del Alto Aragón,
que forma parte de los cimientos de la comunidad de bienes, el más común régimen económico en el
matrimonio. El objetivo es una vez más económico, pero la comunidad lo
es de personas. Se conocen comunidades
de este género en Jaca, Boltaña y Benabarre; el objetivo era evitar la
desmembración del patrimonio de la familia por una parte, y forzar la
unión de sus individuos en virtud del principio de indivisibilidad del
patrimonio por otra. Los miembros de estas comunidades
con el formato de familias,
eran conocidos con el nombre genérico de comuneros.
No perdamos de vista que la sociedad artesanal tiene una estructura muy
parecida: hay una cierta identificación entre el taller (con algunos
miembros externos) y la familia. El núcleo principal
de la comunidad doméstica lo forman los padres y los hijos (hasta aquí
es lo mismo que una familia convencional); pero podía ampliarse la comunidad
con el ingreso de otros comuneros,
que podían ser parientes más o menos próximos o sin lazo alguno de
parentesco. El jefe natural es el padre, que tiene la facultad de admisión
de nuevos miembros. Cuando éste fallece, se procede a la elección del
sucesor entre todos los comuneros. La elección suele recaer en el primogénito. Las viudas
tienen derecho a permanecer en la comunidad
doméstica mientras no contraigan segundas nupcias. Tanto el régimen
personal como el económico recuerdan a la primitiva familia
romana, pero sin la esclavitud, y con una estructura interna análoga a
una corporación o concejo. Al ser indivisible el patrimonio de la familia-comuna, se transmitía por línea de primogenitura, con lo
que el primogénito era de
hecho el señor único del patrimonio. Los demás miembros eran lo más
parecido a los siervos de la gleba. Incluso estaban mejor los miembros
extraños a la familia, llamados cabaleros,
porque tenían derecho, además de la manutención, a una retribución
en especie llamada cabal, que
se les entregaba cuando llegaban a la ancianidad. Los demás miembros
de la comunidad, al igual que los esclavos en la familia romana, recibían
un peculio, una pequeña paga
en razón de las posibilidades de la comunidad
y del comportamiento que éstos tuvieran con ella. Podían obtenerla de
la misma comunidad en concepto de gratificación o por trabajos
especiales; o bien trabajando a ratos libres para otra comunidad. Del
mismo modo que los siervos y esclavos, tenían la posibilidad de
“ahorrarse” (liberarse) gracias al peculio y formar su propia
familia fuera de la comunidad. La comunidad doméstica (más acorde con la historia sería llamarla familiar) se gobernaba de una forma muy parecida a la propia de las comunidades religiosas, puesto que tenían su misma estructura económica: en teoría el jefe de la comunidad era elegido por todos sus miembros reunidos en capítulo general. Incluso podía ser destituido por éstos si su forma de administrar era perjudicial para el común. El cabeza de la comunidad no podía tomar decisiones que afectasen al patrimonio, sin el consentimiento de todos sus miembros. |