LAS COSAS Y SUS NOMBRES  NOMINA RERUM                                    Mariano Arnal


COMUNIDAD 4 

Entre los distintos conceptos de comunidad es especialmente interesante el de comunidad doméstica, una institución consuetudinaria del Alto Aragón, que forma parte de los cimientos de la comunidad de bienes, el más común régimen económico en el matrimonio. El objetivo es una vez más económico, pero la comunidad lo es de personas. Se conocen comunidades de este género en Jaca, Boltaña y Benabarre; el objetivo era evitar la desmembración del patrimonio de la familia por una parte, y forzar la unión de sus individuos en virtud del principio de indivisibilidad del patrimonio por otra. Los miembros de estas comunidades con el formato de familias, eran conocidos con el nombre genérico de comuneros. No perdamos de vista que la sociedad artesanal tiene una estructura muy parecida: hay una cierta identificación entre el taller (con algunos miembros externos) y la familia. 

El núcleo principal de la comunidad doméstica lo forman los padres y los hijos (hasta aquí es lo mismo que una familia convencional); pero podía ampliarse la comunidad con el ingreso de otros comuneros, que podían ser parientes más o menos próximos o sin lazo alguno de parentesco. El jefe natural es el padre, que tiene la facultad de admisión de nuevos miembros. Cuando éste fallece, se procede a la elección del sucesor entre todos los comuneros. La elección suele recaer en el primogénito. Las viudas tienen derecho a permanecer en la comunidad doméstica mientras no contraigan segundas nupcias. 

Tanto el régimen personal como el económico recuerdan a la primitiva familia romana, pero sin la esclavitud, y con una estructura interna análoga a una corporación o concejo. Al ser indivisible el patrimonio de la familia-comuna, se transmitía por línea de primogenitura, con lo que el primogénito era de hecho el señor único del patrimonio. Los demás miembros eran lo más parecido a los siervos de la gleba. Incluso estaban mejor los miembros extraños a la familia, llamados cabaleros, porque tenían derecho, además de la manutención, a una retribución en especie llamada cabal, que se les entregaba cuando llegaban a la ancianidad. 

Los demás miembros de la comunidad, al igual que los esclavos en la familia romana, recibían un peculio, una pequeña paga en razón de las posibilidades de la comunidad y del comportamiento que éstos tuvieran con ella. Podían obtenerla de la misma comunidad en concepto de gratificación o por trabajos especiales; o bien trabajando a ratos libres para otra comunidad. Del mismo modo que los siervos y esclavos, tenían la posibilidad de “ahorrarse” (liberarse) gracias al peculio y formar su propia familia fuera de la comunidad

La comunidad doméstica (más acorde con la historia sería llamarla familiar) se gobernaba de una forma muy parecida a la propia de las comunidades religiosas, puesto que tenían su misma estructura económica: en teoría el jefe de la comunidad era elegido por todos sus miembros reunidos en capítulo general. Incluso podía ser destituido por éstos si su forma de administrar era perjudicial para el común. El cabeza de la comunidad no podía tomar decisiones que afectasen al patrimonio, sin el consentimiento de todos sus miembros.  

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