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Para que no sufriese
ningún tropiezo el largo camino hacia el nacionalismo
esbozado por la Constitución (si ésta lo hubiese desarrollado tal como
los nacionalistas lo tenían diseñado, los unionistas no la hubiesen
aceptado), se instituyó el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, cuya función
esencial resultó ser interpretar la Constitución como desearon
escribirla los nacionalistas (a eso lo llamaron “hacer lecturas”).
Así, en vez de quedar definido de un tirón y con toda claridad en la
Constitución cómo iba a conjugarse la “indisoluble unidad de la nación
española” con “el derecho a la autonomía de las nacionalidades”
que proclama el art. 2; en vez de eso dejó que las tensiones entre los
unionistas a que se refiere el primer término del artículo, y los
nacionalistas a los que se refiere el segundo término, las fuese
resolviendo sobre la marcha el Tribunal Constitucional. ¿Y qué hizo el
Tribunal Constitucional? Pues leer y releer y volver a leer una y otra
vez la Constitución, de tal manera que su aplicación resulte conforme
a lo que hubiesen escrito los nacionalistas, es decir a lo que ellos
quisieron decir cuando la aprobaron. Para llegar a esta suma
versatilidad de las palabras y del espíritu de la Constitución, fue
necesario que los nacionalistas tuvieran copado el Tribunal
Constitucional. Al haber en el mismo casi inevitablemente miembros
nacionalistas, no era difícil llevarse siempre éstos el gato al agua,
puesto que el relativo equilibrio de fuerzas entre el partido de
gobierno y el primer partido de la oposición, hizo que el fiel de la
balanza estuviese siempre en manos de los nacionalistas. La politización
de la justicia, tanto más politizada cuanto más altos son los
tribunales, hizo que ese reflejo fuese inevitable. Las disquisiciones
sobre si este análisis se ajusta o no a la realidad no tienen ningún
sentido, puesto que la propia realidad ha ido tozudamente, paso tras
paso, en esa dirección, hasta llegar a una situación de lamentable pérdida
de la libertad y de otros derechos de la mitad de los ciudadanos vascos,
al parecer dentro de la más estricta legalidad y del más escrupuloso
cumplimiento de la letra y del espíritu de la Constitución. Todo el
sistema judicial tanto vasco como español, presidido por el TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL, está consintiendo, amparando y bendiciendo esa
“legalidad” del país Vasco. Porque eso ocurre en un estado de
derecho (no en una dictadura que haya tomado el poder por la fuerza de
las armas), constituido por un poder legislativo, un poder ejecutivo y
un poder judicial que han consentido durante 25 años que evolucionasen
las cosas en esa dirección, y que consienten de consuno que sigan así
hasta la consumación de la independencia, con la consiguiente
consagración jurídica de la pérdida de derechos de los que no forman
parte del que ellos llaman “ámbito de decisión vasco”. Y así
hasta la definitiva constitución de la Nacionalidad Autónoma, o de la Autonomía
Nacional, que el orden de los factores no altera el producto; y por
supuesto, con “las regiones que la integran”, que esa apostilla del
artículo 2 de la Constitución no se puede echar en saco roto, de lo
contrario se quedarían sin el derecho constitucional a reclamar
Navarra. Por supuesto que habiendo hecho el Tribunal Constitucional las lecturas que ha hecho de la Constitución, no tendría el menor inconveniente en decir que son constitucionales la independencia, la anexión de Navarra y la limpieza étnica. |