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LÉXICO DE RELIGIÓN. ÍNDICE

Índice temático sobre Religión:

ADOPTIVO

Siguiendo con el problema de la reproducción humana, la palabra adoptivo puede arrojar alguna luz sobre el tema de fondo que flotaba en el análisis del término aborto: cuáles son los límites de la obligatoriedad de tener los hijos, una vez concebidos. El concepto de adopción está en las antípodas del de maternidad y paternidad "legal". Es decir la que la ley nos presenta como un derecho pero es, por encima de todo, un deber.

Las leyes que regulan las relaciones de los padres con los hijos son de carácter coactivo, porque obedecen a una elevada demanda de nuevas vidas por parte de la sociedad. Obligan, por tanto a los padres a aceptar y cuidar todos los hijos que les nazcan. Pero la ley se ve obligada a ir más allá y a decidir cuándo tiene el hijo derecho a ser respetado (es decir, a partir de qué momento es un sujeto de derecho). La legislación antigua, coherente con el alto nivel de demanda de vida, prohíbe deshacerse de los hijos desde el momento en que éstos han sido concebidos; los considera sujetos de derecho y por tanto penaliza cualquier aborto como un atentado a una vida ya iniciada. Las leyes modernas, en cambio, atendiendo a una demanda en sentido contrario, se esfuerzan por dar las máximas facilidades para deshacerse de la vida en estado embrionario en cualquier caso, y en su nivel fetal, en algunos casos. Atienden al derecho de la madre a decidir sobre su propio cuerpo, sin que quede demasiado claro a partir de qué momento el feto empieza a convertirse en un sujeto de derecho a pesar de estar dentro del vientre de la madre.

El concepto de ad-opción nos viene de Roma, donde tenía un significado más real que entre nosotros, por estar más cerca del tiempo en que era tal la libertad que tenía el paterfamilias respecto a los hijos, que hasta los podía vender. El hecho, por tanto, de adoptar implicaba una voluntad explícita de tener y tratar a alguien como un hijo. Las palabras "opción", "opcional", "optativo", "optar", que pertenecen a la misma familia léxica, nos dan idea clara de que adoptar un hijo es en primer lugar desearlo, quererlo. Por el contrario "tener" un hijo no implica voluntad de tenerlo. El opuesto de un "hijo adoptado" es un "hijo no deseado"

La ley del aborto debiera ser tan sólo la primera de todo un cuerpo de leyes destinadas a reducir el número de hijos no deseados y por tanto el de "padres a la fuerza". Legislando en positivo, lo propio sería que de la misma manera que para establecer la relación entre la pareja se contrae un compromiso formal ante el juez, también en el momento en que con el nacimiento del hijo se inicia una nueva relación entre éste y sus padres, formalizasen y solemnizasen éstos ante el juez su compromiso de adopción, es decir de aceptación voluntaria del hijo. Sería muy bueno que la sociedad volviese a escenificar en una solemne ceremonia, al igual que antes se hizo con el bautizo, y antes aún con otros ritos y fiestas, la aceptación del hijo que ha nacido.