ELECCIONES AUTONOMICAS Y MUNICIPALES Mariano Arnal |
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PORTADA
ALMANAQUE - LÉXICO
- POLITICA |
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¿Qué es antes, la ciudad o el ciudadano? En el orden léxico primero está ciudad, porque es el nombre primitivo, y de él derivamos ciudadano y ciudadanía. Pero en el orden histórico es la ciudadanía la que hace al ciudadano y a la ciudad. Es obvio que así no pueden coincidir nuestro concepto de ciudad y ciudadanía con su valor original. Tan claro está que no es la ciudad la que hace al ciudadano (como exigiría la lógica gramatical), que no coinciden los conceptos de habitante de ciudad y ciudadano; pero de forma distinta y por razones diferentes en la actualidad y en la antigüedad. Entonces se dio la circunstancia de que la mayoría de los habitantes de la ciudad no tenían la categoría de ciudadanos (entre ellos estaban los numerosos esclavos y extranjeros); y tanto entonces como ahora, se da el caso de que se llaman legítimamente ciudadanos, numerosas personas que no viven en ciudades. [ + ]
En
latín, que es de donde proviene esta palabra, la clave de todo el
grupo léxico está en la cívitas,
que hemos tenido que traducir por ciudadanía.
En este grupo léxico tenemos más términos en español que en latín.
Y no porque se haya progresado en ese campo y se hayan creado por ello
nuevas palabras, sino al contrario porque se ha retrocedido
seriamente. Lo propio sería iniciar el análisis léxico en el nombre
primitivo (ciudad); pero en nuestra lengua eso es engañoso, porque
exactamente esta palabra ha perdido su significado latino original, ya
que la palabra latina de la que procede por evolución fonética tiene
simultáneamente los valores de ciudadanía
(en el doble sentido de conjunto de todos los ciudadanos y en el de
derecho inherente a la condición de ciudadano) y civismo;
pero no
tenía el significado actual de ciudad.
He ahí pues cómo se ha distorsionado el significado de las palabras. [
+ ] DERECHO
DE CIUDADANÍA Sólo
un extranjero
(que éste es el término opuesto de ciudadano)
sabe lo que es la ciudadanía.
Al haber asumido el estado, tomando el nombre de nación,
la personalidad jurídica que en su momento tuvo la ciudad, se
confunden en el plano jurídico y léxico la ciudadanía
y la nacionalidad
porque tienen muchos elementos comunes. Observemos únicamente que tal
como se puede tener doble nacionalidad, no se puede tener doble
ciudadanía. Fue de todos modos la revolución francesa la que
promocionó el concepto de ciudadanía por encima del de nacionalidad,
y promocionó los “derechos del ciudadano”. [+] CIUDAD Para
compensar el vaciado de significado de la antigua palabra ciudad
(la latina, cívitas)
hubo que inventar la palabra ciudadanía,
que se quedó con todos los significados de cívitas,
menos los metafóricos que la empujaron hacia la significación geográfica
o urbanística. Lo sorprendente es que cuando la lengua latina contaba
para nombrar la ciudad con los términos urbs,
óppidum
e incluso castrum,
fuera a parar ya en su decadencia, y en especial en el latín vulgar
(el que hablaba la gente incluso durante el máximo esplendor del latín
clásico) a olvidar los significados de cívitas,
para denominar con ella la urbe. No es pues el caso de que cívitas
acabase ocupando este espacio significativo por estar vacío, sino que
ocurrió más probablemente que se fue vaciando el término cívitas
(ciudad) de su auténtico significado; al menos para los que lo
decantaron hacia la urbe. [ + ] CIUDADANO En latín al ciudadano individual lo llamaban civis (plural cives). Tal como de cívitas hemos derivado ciudad, el término civis no dejó herencia en nuestra lengua sino a través de su adjetivo derivado civilis (civil); derivados cultos todos ellos. Tenía la consideración de civis todo hombre o mujer que vivía al amparo del derecho de ciudadanía romana. En cuanto a la formación de la palabra es de observar que mientras en latín tiene la forma de nombre primitivo del que deriva el de ciudad, en español aparece ciudad como primitivo, y ciudadano como derivado. De ahí que por su aspecto léxico nos parezca en español que el fundamento de la ciudadanía sea la ciudad; es decir que el fundamento del derecho político es un elemento de geografía política. Pero lo realmente grave es que del falso fundamento léxico, hemos pasado al real fundamento político. Y ese cambio de protagonismo, esa usurpación de la titularidad del derecho de ciudadanía (=de los derechos políticos) a la comunidad de los ciudadanos para ponerla en manos de la ciudad (es decir del territorio y la radicación en él), le ha dado un revolcón a la filosofía política. [ + ] CIVIL Era
inevitable que un nombre como la cívitas,
que representaba una realidad que ocupaba buena parte de la vida de la
comunidad por ser piedra angular de la convivencia, tuviese su
adjetivo (de hecho dos adjetivos, distintos en forma y en
connotaciones significativas), con que apellidar un número importante
de nombres de acciones e instituciones que debían llevar
necesariamente el sello de la comunidad y de sus reglas de la
convivencia. Lo primero que se observa al comparar la compatibilidad
de este adjetivo en las lenguas de nuestro entorno cultural y el latín,
es que ha retrocedido de forma muy considerable. Nuestras lenguas
apenas son capaces de casar el adjetivo civil
con una docena de nombres; en cambio en latín la lista es ilimitada.
Aunque haya caído en desuso esta línea significativa, conviene
recordar que civil
es sinónimo de amable, cortés, correcto, educado, sociable, urbano,
atento, y se aplica a las personas que se comportan como es debido en
sus relaciones con los demás. Sus opuestos, incivil o incívico, vil,
mezquino, grosero. SOCIEDAD
CIVIL Cuando
uno piensa en parámetros políticos o sociológicos, a la hora de
buscar un nombre que haga buena pareja con el adjetivo “civil”,
el primero que se le ocurre es “sociedad”,
quizá porque esta asociación léxica es de creación muy reciente,
inventada nada más y nada menos que para oponerla a la clase
política
y al poder político
en general; para delimitar una arbitraria distinción entre los
derechos civiles y los derechos políticos. Tan flagrante es el saqueo
que ha hecho la clase
política
de los derechos civiles
y la usurpación de personalidad de la ciudadanía, que la lengua ha
tenido que suplir con nueva terminología lo que la política (la acción
ciudadana o civil
por
antonomasia) le ha robado a la ciudadanía. [ +
] ESTADO CIVIL Nos
hemos acostumbrado de tal manera a lo bueno, que ni podemos imaginar cómo
fueron las cosas en otros momentos. Hoy ni sabemos lo que es el estado
servil (de esclavo), que era la principal oposición del estado
civil,
es decir el de ciudadano,
con plenitud de derechos
civiles.
Claro que esto nos viene de la Roma antigua, un estado esclavista la
mayoría de cuyos habitantes eran esclavos, en el que la principal línea
divisoria de la población era el derecho de ciudadanía.
Los que gozaban de este derecho constituían el estado
civil
(es decir el de los cives
=ciudadanos); los que no
eran ciudadanos
constituían en su conjunto el estado
servil ,
del que formaban parte propiamente los esclavos,
pero también los extranjeros,
subdivididos a su vez en dos clases. [ + ] REGISTRO
CIVIL Una
breve nota etimológica respecto al término “registro”. Parece
que es una copia exclusivamente para datos de las Res
Gestae
(las crónicas oficiales) que se nos quedó en “gestas” para las
de carácter épico, a las que se prestaba especial atención; y que a
efectos de registros quedó en regesta
en el bajo latín, palabra que dio lugar al verbo regérere
primero,
con el significado de transcribir, y luego se pasó a la conjugación
regular regestare,
que acabó en registrar, deduciéndose de esta forma el sustantivo registro.
Tengamos en cuenta de todos modos que un registro
no se cumplimenta para todo con datos: para inscribir en el registro
de nacimientos un niño abandonado, o en el de defunciones un muerto
anónimo, o un incidente de emancipación, o uno de desaparición,
aunque sea muy sucintamente hay que ir a unas res
gestae,
es decir explicación de hechos acontecidos (la traducción más
exacta y más bella de res
gestae
es “hazañas”; cosas que hace uno, no cosas que pasan). [
+ ] GUARDIA
CIVIL La
palabra guardia
procede del alto alemán warten
que significa buscar con los ojos, vigilar, guardar, atalayar, esperar
algo o a alguien (de ahí aguardar). Son en principio los ojos los
protagonistas (en italiano guardare
es mirar), y de ahí se derivan las demás acciones de una guarda o
guardia efectiva. Es claro que no se trata de acciones ofensivas, sino
de pura prevención y defensa, basada especialmente en la vigilancia.
Otra cosa es que metidos en harina haya que hacer bastante más que
vigilar, y todos los cuerpos de vigilancia y defensa ciudadana (civil)
tengan que pasar a mayores y acaben militarizándose. CÓDIGO
CIVIL En
realidad, código de derecho civil
(Codex
iuris civilis)
es la compilación del derecho privado
frente al derecho público,
siempre hablando de derecho positivo (el que manda, frente al que prohíbe);
una distinción que contemplaba además de las relaciones entre los
ciudadanos y en relación con la propiedad, la diferenciación entre
el poder y la ciudadanía.
Se trata básicamente de los derechos de las personas (físicas y jurídicas),
de familia (y derivados de él, los de transmisión, además del de la
patria potestad); del derecho de propiedad y de los derechos de
contratación. En España se suele distinguir entre derecho civil común
y derecho civil foral (no todo él procedente de fueros). En general
se considera que el contenido del derecho civil
versa sobre las personas,
sobre los bienes
y sobre las distintas formas de acceso
a la propiedad. [
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INDICE
ETIMOLOGIAS DE LAS PALABRAS SOBRE LAS QUE SE HA CONSTRUIDO LA IDEA DE LA
COMUNIDAD