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INCURABLE

¡Hay que ver lo que son las palabras! Por supuesto que utilizamos el término incurable para referirnos a la persona o preferentemente a la enfermedad que no tiene cura o curación. Pero es que el verbo curar del que proceden estos sustantivos, lo estamos empleando muy fuera de su significado genuino, el de cuidar. Más aún, esta tergiversación de significados, añadida a la que representa llamar doctor a quien no lo es, halagándole con un título que no tiene, es el más claro síntoma de nuestra profunda inclinación colectiva a adular al médico para que él nos lo recompense con buenas palabras sobre nuestra salud, a sabiendas de que muchas veces nos devuelve adulación por adulación. Del mismo modo que quien acude a la persona amada desea oír palabras de amor (¡aunque sean mentira!), quien acude al médico desea oír palabras de salud aunque sean mentira. Cuando nos cuida, que eso es curar, decimos que nos devuelve la salud perdida, que nos sana. Y él acepta el halago y se recrea en él.

Pero vamos al término opuesto, a incurable. Está claro que el significado de uso es "que no tiene curación", "que no sanará de ese mal". Y está claro también que el catálogo de enfermedades incurables es infinito. Ahora bien, una cosa es que una enfermedad sea incurable, y otra muy distinta que no se pueda y se deba cuidar (= curar) al enfermo a pesar de que sabemos a ciencia cierta que no se recuperará de esa enfermedad. Es paradójico que cuando las enfermedades son curables, la medicina se ocupa preferentemente de la enfermedad (tecnología a tope), dejando al enfermo en segundo plano. En cambio, cuando es incurable, pasa el enfermo a primer plano y se le cuida (= cura) a él.

Pero donde el concepto de incurable adquiere una significación tan realista y ominosa como en la vida misma, es en los hospitales penitenciarios y en las enfermedades judiciales o de conveniencia. Porque lo justo y coherente es que quien ha sido declarado enfermo ¡por un juez! (claro que asesorado por un médico "judicial", es decir por un forense), tenga que atenerse al diagnóstico de la enfermedad. Y si las desviaciones graves de la conducta atribuidas a enfermedad mental sólo son posibles si la enfermedad en cuestión es grave, en la mayoría de los casos se tratará de enfermedades que clínicamente se consideran incurables. Pero como una cosa son las enfermedades reales, y otra muy distinta y surrealista las enfermedades judiciales, viene a resultar en virtud del dogma de la reinserción que no hay enfermedades judiciales incurables, y no sólo eso, sino que además se curan muy fácilmente, con la sola virtud que emana de las paredes de los hospitales penitenciarios.

Pero aquí aparece un elemento nuevo: como que se trata de enfermedades inexistentes, construidas y alegadas para eludir la pena de prisión, resulta que son por su propia naturaleza incurables, porque no se puede curar una enfermedad inexistente, como no se pudo curar el ciego fingido ni el mudo fingido del Decamerón que ejercía de jardinero en el convento de monjas. No hay de qué curar a esos enfermos imaginarios, a esos incurables.

Mariano Arnal