Lo que no puede ser es la cuadratura del círculo. No podemos clamar al mismo tiempo
contra la impunidad, contra la barbarie de la pena frente a la reinserción
y por el arrepentimiento. Todo a la vez no puede ser. Todo esto pertenece a un
sistema coherente, son engranajes de una misma maquinaria. Arremetemos contra la impunidad
y luego contra las penas. ¿En qué quedamos? Impune es el que no sufre la pena. Si a la
hora de las penas todas nos parecen demasiadas, y a los delincuentes nos los miramos como
si fuesen víctimas, empecemos por exigir directamente la impunidad. Fuera penas, fuera
jueces, fuera policía. Misericordia.
En el sistema penitenciario chirrían las palabras más que las rejas. Ahora el
nombre preferido para los presos, que se llamaron también reclusos, es el de internos.
Vamos, que la cárcel se ha convertido en algo así como un internado en el que además se
admiten mediopensionistas. El concepto de cárcel de adultos se acerca al de la cárcel de
menores, el "reformatorio". No se trata, pues, de encerrar para castigar, sino
para "reformar". Si los presos son internos, la cárcel es un internado. Nada de
castigos, que no es ese el camino. La mitad del personal de una cárcel son maestros y
psicólogos. Esos son la florinata. Los carceleros son un híbrido entre conserje y
guardia de seguridad. Vamos, que la cárcel se está convirtiendo en una especie de
escuela de adultos, con sección de internos y mediopensionistas, en la que el personal de
vigilancia es algo más abundante. Y se excluye explícitamente en la filosofía y en el
quehacer diario de las prisiones todo lo que suene a pena, a represión, a condena.
Una vez ahí, de lo que se trata es de ser un alumno aplicado. De lo que se trata es de
ganar puntos ante la junta de evaluación, en cuyas manos están dos tercios de la
sentencia. Poca broma.
Vamos a ver: si las cárceles son finalmente internados en los que se trabaja para la
reinserción del "interno", sobra todo el sistema judicial. Sobran las
garantías procesales. Si una vez en la "institución penitenciaria" se está en
manos de facultativos, con facultades profesionales y administrativas, ¿qué sentido
tiene que el que sufre desviaciones de conducta que han de ser tratadas en régimen de
internado o en régimen ambulatorio, según decidan los facultativos, sea sometido a un
juicio de carácter judicial y no facultativo? Lo que no tiene sentido es que una
actuación persecutoria y represiva, como es la de la policía y la justicia, se convirta
en facultativa una vez llegados al internado. El equipaje no sirve para ese viaje. ¿Y que
pinta el trabajo en todo eso? Si no tiene finalidades terapéuticas, prohibido como una
crueldad innecesaria. En el internado, todo trabajo que no sea aceptado voluntariamente
por el interno, tiene carácter de "trabajo forzado", y eso está rigurosamente
prohibido por cualquier legislación civilizada. Una vez más hemos confundido churras con
merinas. La pena de prisión se inventó para los señores, no para sus siervos. Y no se
les podía añadir encima la humillación y la crueldad de hacerles trabajar. Es la
sociedad, la que ha de sufrir el daño de las conductas desviadas; no los individuos, a
los que hay que cuidar y curar como enfermos.