DERECHOS HUMANOS
¿QUÉ LES FALTA PARA CONVERTIRSE EN LEY?
(Ver web 13 diciembre)
El problema
que tiene la Declaración de los Derechos humanos es que desde el punto de vista formal es
una ley desequilibrada, si es que puede llamarse LEY, porque aunque luego los Estados en
sus Constituciones le den valor de Ley, ella misma no se da ese valor, sino el de simple
"Declaración". Más, en el "Proclama" con que empieza la ley dice que
es un "ideal" y que todos los individuos y órganos de la sociedad de todos los
pueblos y todas las naciones "se esfuercen en promover el respeto de
estos derechos y de estas libertades..."
Es casi una ley física que para que unos derechos
sean efectivos, es necesario que tengan el contrapeso de unos deberes; de
lo contrario quedan en puramente declarativos y no se sostienen como derechos, sino como
literatura. Queda dicho que en la Declaración de los Derechos Humanos sólo una vez, y
justo en el último artículo, aparece la palabra "deberes".
Simplemente enunciada, sin ningún desarrollo, para a continuación de un solo plumazo,
decir cuáles son los contraderechos de la parte que se supone obligada a dar cumplimiento
a los deberes que impone a los administradores del poder, la "Declaración Universal
de los Derechos Humanos".
Y resulta que los contraderechos son, todos, es
decir, el derecho a saltarse de la cruz a la firma todos los derechos que le convenga,
mientras tengan las coartadas de "satisfacer las justas exigencias de la moral"
(¿y quiénes son los moralistas y los exégetas?), "el orden público" y
"el bienestar general" en una sociedad democrática (en España tuvimos durante
40 años una "democracia orgánica" y en los países del socialismo real se ha
llevado siempre la "democracia centralizada").
Hay que decir, por otra parte, que nunca el que "deja en
suspenso" algunos de los derechos humanos lo hace (o al menos nunca lo declara así)
con la intención de "destruir" esos derechos y libertades, sino que lo único
que intenta es consolidar el orden público, el bienestar general y satisfacer las
exigencias de la moral, para lo que a menudo se requieren muchísimos años.
Si hay unos sujetos de derechos, parece que para
que esos derechos fuesen efectivos, tendría que haber también los correlativos sujetos
de deberes. Pues bien, por ahí andan camuflados. Y cuando se les nombra
directamente, en el ultimísimo párrafo, es para decir que no podrán
"destruir" los derechos que en la Declaración se proclaman. Nunca
"destruyen", sino que se limitan a "suspender temporalmente". Por eso,
además de celebrar el 50 aniversario de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, sería bueno que se reforzasen sus cimientos